sábado, 26 de enero de 2013

Bolsa de Valores de Lima anotó su mayor baja porcentual en siete semanas

En la última jornada de la semana, la Bolsa de Valores de Lima (BVL) anotó su mayor baja porcentual en siete semanas, afectada por un retroceso de las acciones mineras debido a la caída del precio del oro y cobre en el mercado internacional. El Índice General bajó -1,01% y quedó en 21.282 puntos, mientras que el Índice Selectivo perdió -1% y terminó en 31.947 enteros. En la sesión se reportó un monto negociado de S/.43,5 millones producto de las 998 operaciones de compra y venta. Entre las acciones que más bajaron en la plaza limeña están Rio Cristal (-20,0%), Zincore Metals (-9,09%), Aceros Arequipa (-7,89%), Sienna Gold (-7,14%) y Pucalá (-6,10%). Con el resultado de hoy, el Índice General acumula una ganancia de 3,2% en lo que va del año, mientras que en el 2012 avanzó 5,9%. WALL STREET La Bolsa de Valores de Nueva York (NSYE) reportó indicadores positivos al concluir sus operaciones. El índice industrial Dow Jones, el índice Standard & Poor’s 500 y el indicador tecnológico Nasdaq progresaron 0,51%, 0,54% y 0,62%, respectivamente.

SMV alerta a los inversionistas

La SMV informa a los inversionistas que existen empresas que vienen promoviendo inversiones en el mercado Forex -Foreign Exchange (o Mercado de Divisas) en el cual se negocian diferentes monedas. Es importante advertir que estas empresas y el referido mercado “Forex” se encuentran fuera del ámbito del mercado de valores y de la supervisión de la SMV. Se recomienda a los inversionistas se informen adecuadamente y presten atención a invitaciones que pudieran recibir para depositar o invertir su dinero en organizaciones que no formen parte de entidades autorizadas por organismos supervisores. Las entidades autorizadas por la SMV se encuentran inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV. Para mayor información puede ingresar a la página web www.smv.gob.pe o acudir a las oficinas de la SMV para obtener mayor información sito en Av. Santa Cruz N°315 Miraflores.

viernes, 25 de enero de 2013

Crece preferencia de inversores por los fondos mutuos de bonos

Este año se incorporarían hasta 65,000 nuevos partícipes a los fondos mutuos. El monto promedio con que las personas ingresarán a esta alternativa de inversión, se elevará en 25% hasta US$ 2,500, proyecta Scotiabank.
Se sigue marcando la predilección de los inversionistas por los fondos mutuos de renta fija (cuya cartera se compone de bonos y papeles comerciales principalmente).
Los nuevos partícipes en el 2013 fortalecerán su preferencia por los fondos mutuos en soles a plazos que van de tres años (mediano horizonte) y cuatro años (flexibles), estimó Paul Rebolledo, gerente de inversiones de Scotia Fondos SAF.
Actualmente, el 47% del monto invertido en fondos mutuos se haya en fondos de renta fija.
Este año ingresarían hasta 65,000 mil nuevos inversionistas al mercado de fondos mutuos, ante la mayor necesidad de las personas por diversificar sus excedentes, proyectó Rebolledo.
Dijo que los mayores ingresos de la población, principalmente en la clase media, y la rentabilidad más atractiva de los instrumentos en soles apuntalarán la incorporación de más personas a los fondos mutuos.
Añadió que el monto promedio con que las personas ingresarán a los fondos mutuos ese año, se elevará en 25%, pasando de S/. 2,000 a S/. 2,500, y de US$ 2,000 a US$ 2,500, en soles y dólares, respectivamente.
Asimismo, destacó que el contante desarrollo y generación de liquidez de las empresas, las lleva a preferir los fondos mutuos de corto o muy corto plazo, como una buena alternativa para estacionar su ‘caja chica’ (excedentes de corto plazo), en comparación con las cuentas corrientes bancarias.
En acciones
A su vez, los fondos mutuos que invierten en acciones también tendrán un mejor desempeño este año, en términos de patrimonio administrado y número de partícipes, consideró el ejecutivo de Scotia Fondos.
Sostuvo que la Bolsa de Valores de Lima (BVL) aún sigue depreciada en algunos sectores, generando oportunidades de inversión que provocarían una migración progresiva hacia los fondos mutuos de mayor riesgo (de acciones).
Dos tipos de inversionistas regresarían paulatinamente a los fondos de acciones, tomando un mayor riesgo para aprovechar el potencial alcista de la bolsa limeña en el 2013, estimó Rebolledo. “Los primeros conocen el producto (fondos mutuos) y están dispuestos a soportar cierta volatilidad, buscando mejores rentabilidades al permanecer más de tres años en su posición, sin huir ante vaivenes en la BVL”, dijo.
Además, optarán por los fondos de acciones los partícipes que aprovechan más las oportunidades de corto plazo, y cuentan con cierta sofisticación para ingresar o salir de los fondos.
CIFRAS
7,054
MILLONES de dólares alcanzó el patrimonio administrado por los fondos mutuos al cierre del 2012. Creció 38% en un año.
16.3%
FUE LA RENTABILIDAD máxima de los fondos mutuos el año pasado.
Fuente: Diario Gestión Pág. 21

AFP lanzan nueva campaña para orientar a afiliados


Las AFP que operan en el país (Prima, Integra, Profuturo y Horizonte) lanzarán esta semana una nueva campaña de orientación para sus afiliados, que deben decidir entre quedarse con un cobro de comisión por flujo o pasar a una comisión mixta.
El objetivo de las AFP, antes que centrarse en cálculos numéricos, es destacar las ventajas cualitativas de cada uno de estos esquemas de pago de comisión.
Las calculadoras implementadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y las AFP, han sido criticadas por algunos expertos, por su complejidad y los supuestos que involucran.
La SBS también ha instalado módulos dedicados a orientar a los afiliados sobre el cambio de las comisiones de las AFP, en las oficinas del Banco de la Nación.
Fuente: Diario Gestión Pág. 23

Primera venta de inmuebles pagará IGV de forma adelantada

Medida se aplica para reducir altos índices de evasión detectados por la omisión de la entrega de comprobantes de pago. Se espera recaudar S/. 500 millones adicionales.
Tanto va el agua al cántaro que se rompe. Debido a los elevados niveles de evasión que supera los S/. 500 millones anuales en la venta de inmuebles nuevos, y de informalidad en el sector construcción, la Sunat estableció (Resolución de Superintendencia N° 022-2013, publicada ayer) la aplicación del sistema de detracciones (Ver recuadro) a la primera venta de inmuebles que están gravados por el IGV.
La tasa a aplicarse será de 4% se aplicará a la primera venta de todo los inmuebles nuevo, independientemente de su valor. En el caso de viviendas nuevas, aquellas cuyo valor de venta sea mayor a las 35 UIT (unidades impositivas tributarias) que en la actualidad equivale a S/. 129,500, estarán afectas a esta detracción. Es decir, toda vivienda cuyo valor sea menor a ese monto está exonerada. La norma entrará en vigencia a partir del 1 del próximo mes.
Evasión
Fuentes de la Sunat revelaron que existe un bajo nivel de entrega de comprobantes de pago por la venta de inmuebles nuevos (primera venta).
Han detectado que cuando se realiza la venta de un inmueble, los compradores suelen quedar satisfechos solo con la firma del contrato de compra-venta y la inscripción de la propiedad en Registros Públicos, situación que es aprovechada por algunas empresas constructoras e inmobiliarias para evitar el registro contable de la operación y no emitir el comprobante de pago.
Eso se traduce en una evasión (del IGV y del impuesto a la renta -IR). Se estima que la evasión por esta modalidad supera los S/. 217 millones por año.
Otra modalidad de evasión es la conformación de consorcios, empresas, asociaciones, o simplemente se juntan varias personas para construir un edificio y que desaparecen después de haber vendido las unidades inmobiliarias, dejando pendientes de pago las obligaciones tributarias generadas. Con esta modalidad se evidencia una evasión que supera los S/. 317 millones al año.
Impacto
Considerando que las ventas de viviendas se incremente este año en 10% (Gestión 24.01.13), una estimación preliminar indica que con la aplicación de este sistema de detracciones la recaudación del IGV alcanzaría unos S/. 585 millones y por el impuesto a la renta (IR) en S/. 200 millones al año, es decir, unos S/. 785 millones en total.
Considerando que no todos evaden, el incremento en la recaudación estaría entre S/. 400 millones de S/. 500 millones.
La medida involucraría a unos 15,000 contribuyentes que tendrían que abrir sus cuentas de detracciones (Ver recuadro).
De otro lado, la aplicación de la detracción no debe afectar el precio final de los inmuebles, incluidas, las viviendas nuevas, porque no se trata de un nuevo impuesto.
Operatividad
¿Cómo se aplica? Si la venta del inmueble nuevo se hace mediante boleta de venta, el adquirente (persona natural o jurídica) entrega el total del dinero al vendedor (constructora o inmobiliaria) y es este el que está obligado a autodetraerse el IGV.
Pero si por la primera venta del inmueble se emite factura (porque lo exige el adquirente) en ese caso esta obligado a hacer la detracción es el que compra
(adquirente).
Unas 35 mil constructoras ya pagaban IGV adelantado
Para el sector construcción la aplicación del sistema de detracciones del IGV no es nueva. Los contratos de construcción (el servicio) de inmuebles ya están incorporados al sistema de detracciones del IGV desde diciembre del 2010, con una tasa del 5% sobre el valor del contrato.
Los resultados han sido buenos. A fines del 2012 habían 35,000 cuentas de detracciones que reciben el pago adelantado (la detracción) del IGV por contratos de construcción.
El importe total que se ha depositado en esas cuentas alcanzó los S/. 2,175 millones en el 2012, mayor en 140% respecto a lo recaudado en el 2011, de 140%, es decir, se ha más que duplicado el monto de detracciones por este concepto el año pasado.
De otro lado, se estima que el efecto de esta medida en la recaudación tributaria ha sido un incremento de S/. 600 millones por año (monto estimado a partir de los abonos en las cuentas).
PARA RECORDAR
Detracciones. Por este régimen determinadas ventas de bienes y prestación de servicios gravados con el IGV están sujetos además a un porcentaje de detracción que deberá ser aplicado por el adquirente o usuario de dichas operaciones (o en determinados casos por el vendedor del bien o prestador del servicio) y depositados en una cuenta del Banco de la Nación, que el vendedor deberá abrir para
tales fines.
DETRACCIÓN A LA PRIMERA VENTA DE INMUEBLES
(Principales características)
Alcance: La detracción se aplicará a la primera venta de inmuebles. Pero en el caso de las viviendas solo a aquellas cuyo valor supere las 35 UIT (S/. 129,500, a la fecha). Las viviendas de menor valor a ese monto están exoneradas.
Tasa: 4%
Cómo se aplica: Si la venta del inmueble nuevo se hace mediante boleta de venta, el adquirente (persona natural o jurídica) está obligado a autodetraerse el IGV. Pero si emite factura, quien está obligado a hacer la detracción es el que compra (adquirente).
Plazos: Cuando se emite boleta, hasta que se firme la escritura pública o el día que se realice el pago en efectivo (lo que ocurra primero). Si se emite factura hasta el quinto día hábil del mes siguiente al que se registra la operación, o hasta la firma de la escritura pública (lo que ocurra primero).
Control: Además de los sistemas habituales de fiscalización, auditorías, se ha añadido a los notarios, quien debe pedir las constancias de las detracciones, al momento de realizar el acto público que formaliza la compra-venta del inmueble nuevo. Si los contribuyentes no lo presentan debe informar de ello a la Sunat.
Sanciones: A los que incumplan la multa de 50% de la detracción no realizada; no pueden usar el crédito fiscal. Además, el mal uso de los recursos depositados en las cuentas de detracciones da lugar a una multa de 100% del dinero mal utilizado.
FUENTE: SUNAT
ELABORACIÓN: GESTIÓN
SE PODRÍAN ABRIR OTROS PROBLEMAS
OPINIÓN
Erik Lind
TRIBUTARISTA DEL ESTUDIO ECHECOPAR
A partir del próximo 1 de febrero, la primera venta de bienes inmuebles gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV) estará sujeta además al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT).
La Administración Tributaria busca implementar el Régimen de Detracciones al sector construcción para asegurar una mayor recaudación tributaria en el presente ejercicio a través del cobro de tributos provenientes de uno de los sectores productivos de mayor crecimiento en el Perú, y a la vez reducir el nivel de informalidad existente en dicho sector.
No obstante ello, la aplicación del Régimen de Detracciones al sector construcción no asegura necesariamente un combate efectivo contra la informalidad, pues posiblemente esta se manifieste considerablemente en las operaciones en las cuales el comprador no requiera sustentar costo o gasto para efectos del IR o utilizar el crédito fiscal del IGV, y en las que, por tanto, el vendedor -obligado a efectuar la detracción en estos casos- no tendría otro incentivo para emitir un comprobante de pago y realizar tanto el pago del IGV como la detracción del 4% de la operación.
Por el contrario, la aplicación del presente régimen impondría una mayor carga para las constructoras formales que realizarían sus primeras ventas de inmuebles a otras empresas no vinculadas (por ejemplo, de oficinas), pues recibirían 4% menos de los montos facturados a sus compradores, obligados a realizar dicha detracción.
Fuente: Diario Gestión Pág. 12

viernes, 20 de junio de 2008

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 073-2006/SUNAT - NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL

En aplicación de la Resolución de Superintendencia N° 073-2006/SUNAT - Están sujeto al Sistema el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre gravado con el IGV, siempre que el importe de la operación o el valor referencial, según corresponda, sea mayor a S/. 400.00 (Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles).
Al respecto, la presente norma señala que cuando se utilice el formato para deposito de detracciones se utilizara un formato para cada deposito a realizar El Formato será proporcionado por las agencias del Banco de la Nación o podrá ser impreso descargándose del portal del Internet del Banco de la Nación (www.bn.com.pe) o de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). Antes de la modificación, sólo se obtenía el formato en las oficinas del Banco de la Nación.
De otro lado, se señala que cuando se utilicen formatos para el deposito de detracciones, la constancia de depósito será el documento autogenreado por el Banco de la Nación, en base a la Información consignada en dicho formato por el sujeto obligado a efectuar el deposito.

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 266-2004/SUNAT – VENTA DE ARROZ PILADO

En aplicación de la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 28211 y modificatoria, el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central establecido por el Decreto Legislativo N° 940 y modificatoria, es de aplicación al Impuesto a la Venta de Arroz Pilado,Al respecto, mediante la presente resolución se señala que cuando el contribuyente opte por efectuar el depósito en las agencias del Banco de la Nación, el depósito se realizará directamente en dichas agencias y se acreditará mediante una constancia auto generada por dicha entidad, la cual deberá estar sellada por ésta. Anteriormente, el depósito se acreditaba con una constancia proporcionada por el banco.
De otro lado, se dispone que cuando el sujeto obligado a efectuar el depósito sea el proveedor del bien por haber recibido la totalidad del importe de la operación sujeto a detracción, sin que se haya acreditado el depósito correspondiente, al efectuarse el depósito se consignará el número de RUC del sujeto obligado a efectuar el depósito. En caso que dicho sujeto no cuente con número de RUC, se debe consignar su número de DNI, y sólo en el caso que no cuente con este último se consignara cualquier otro documento de identidad. Anteriormente, en este caso, solo se exigía la indicación del nombre, denominación o razón social y numero de RUC, de contar con ello el sujeto obligado a efectuar el depósito. Con la modificación, al igual que en caso anterior, se busca obtener mayor información que permita identificar al adquiriente del bien o usuario del servicio.

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 183-2004/SUNAT

Mediante la presente Resolución de Superintendencia se establece, entre otros, que cuando el sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción opte por efectuar dicho depósito en las agencias del Banco de la Nación, utilizará el Formato para depósito de detracciones, debiendo utilizarse un formato por cada deposito a realizar. El Formato será proporcionado por las agencias del Banco de la Nación o podrá ser impreso descargándose del portal del Internet del Banco de la Nación (http://www.bn.com.pe/) o de la SUNAT (http://www.sunat.gob.pe/). Antes de la modificación solo se obtenía el formato en las oficinas del Banco de la Nación.
De otro lado, se señala que cuando el sujeto obligado a efectuar el depósito sea el proveedor del bien o el prestador del servicio por haber recibido la totalidad del importe de la operación sujeto a detracción, sin que se haya acreditado el depósito correspondiente, al efectuarse el depósito se consignará el número de RUC del sujeto obligado a efectuar el depósito. En caso que dicho sujeto no cuente con número de RUC, se debe consignar su número de DNI, y solo en el caso que no cuente con este último se consignara cualquier otro documento de identidad. Anteriormente, en este caso, solo se exigía la indicación del nombre, denominación o razón social y numero de RUC, de contar con ello el sujeto obligado a efectuar el depósito. Con la modificación se busca obtener mayor información que permita identificar al adquiriente del bien o usuario del servicio.

Créditos bancarios en soles repuntaron en mayo pero se desaceleraron en dólares

Asbanc destaca la más amplia oferta y mejores condiciones de los préstamos en moneda nacional que ofrecen las entidades bancarias.

Poco a poco se van clarificando los efectos de las medidas que el Banco Central de Reserva (BCR) ha adoptado para frenar el crecimiento de los préstamos y, de esta forma, las presiones de demanda sobre la inflación.

Según el reporte de la Asociación de Bancos (Asbanc) a mayo de este año, los créditos en soles aumentan su ritmo de crecimiento, mientras que los colocados en dólares se desaceleran respecto a meses previos.

Luego de que el BCR elevara significativamente las tasas de encaje en moneda nacional y extranjera –lo que implica que los bancos queden con menos fondos disponibles para prestar- no deja de sorprender el incremento de los créditos en soles.

Asbanc precisó que el monto de los préstamos en moneda nacional ascendió en mayo a S/. 29,916 millones, cifra mayor en S/.8,675 millones o en 40.84% si se compara con similar mes del año pasado.

Dicha tasa de crecimiento anualizada supera a la de abril y marzo, situándose nuevamente en torno al 41% (ver cuadro adjunto). Para el gremio bancario la expansión del crédito en moneda nacional es consecuencia del aumento de productos financieros en nuevos soles, acorde con las necesidades de los clientes.

"Todo ello enmarcado en un contexto de intensa competencia en el sistema bancario y elevado crecimiento económico del país", agrega Asbanc.

En dólares

Sin embargo, otro es el panorama en las colocaciones de préstamos en dólares, que siguen creciendo pero con menor impulso.

Asbanc informó que estos créditos alcanzaron los US$ 15,096 millones en mayo, monto superior en US$ 3,547 millones o en 30.72% respecto a mayo del 2007.

Si analizamos el crecimiento anual, se debe señalar que en el último mes se observó una fuerte desaceleración en el incremento anualizado de los créditos en moneda extranjera (pasó de 35.61% en abril a 30.72% en mayo).

Sostiene que tal comportamiento es resultado de las medidas dictadas por el BCR y de la más amplia oferta y mejores condiciones crediticias de los préstamos en moneda nacional que ofrecen las entidades bancarias.

Ejecutivos del sistema financiero han venido reportando una significativa escasez de dólares, hecho que se traduce en condiciones más restrictivas para el financiamiento en moneda extranjera: la tasa de interés para préstamos preferenciales en dólares a grandes empresas subió de 6.4% en diciembre del 2007, a 10% en mayo.

Conasev promueve mayor transparencia de estados financieros de las empresas

El arribo de inversionistas foráneos al país y la mayor necesidad de financiamiento, hacen importante que las empresas se adecuen cada vez más, a estándares internacionales.

La Conasev está permitiendo que las empresas obligadas a presentar información financiera puedan incluir o aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que aún no se encuentran vigentes en el Perú, es decir permitiendo su aplicación anticipada, en la preparación y presentación de información financiera, indicó a Gestión la funcionaria de la Dirección de Emisores de la Conasev, Amalia Valencia Medina.

"Por ejemplo, una empresa matriz española que está cumpliendo con las NIIF requiere que sus subsidiarias (en el Perú) cumplan con estas normas aún no vigentes para poder realizar la consolidación de información financiera", precisó.

Entre las NIIF que Conasev está permitiendo su aplicación anticipada, pues recién entran en vigor en el 2009, está la número 7, que requiere a las empresas revelar información que permita a los inversores evaluar la importancia de los instrumentos financieros en el rendimiento de la empresa, apuntó.

Otra NIIF de aplicación anticipada es la número 8 que requiere que las empresas revelen información sobre sus segmentos de operación y sobre sus productos y servicios, áreas geográficas en las que opera y sus principales clientes, señaló.

"La NIIF (8) requiere que la empresa proporcione una explicación sobre la forma de medición del resultado, de los activos y pasivos"